Es el cumplimiento de las reglas de conducta y desempeño que promulga la organización. Los actos de indisciplina violentan el buen funcionamiento de la empresa.
- El patrono para implantar disciplina en su empresa debe establecer en un Manual del Empleado que incorpore claramente los reglamentos de la empresa.
- Las reglas deben quedar sobre la mesa y los aplicables de ley forman parte del elenco funcional.
- El empleado debe recibir una copia del Manual del Empleado al momento de ser empleado y éste debe firmar una hoja en la cual reconoce que lo ha recibido.
- La gerencia, por medio del Departamento de Recursos Humanos deberá conservar una copia de dicho manual.
Los actos de indisciplina se deben atender indivualmente.
- Los actos de indisciplina se deben evidenciar por escrito, en forma clara pero no ofensiva.
- Dicho documento deberá entregarse personalmente al empelado para examinarlo conjuntamente y en privado.
- El empleado deberá firmar dicho documento.
- Si rehusa firmarlo, el supervisor deberá llamar a un testigo para que corrobore por escrito la entrega del documento.
- Cada empresa debe implantar normas sobre la seriedad y el número de actos de indisciplina que serán tolerables.
- El empleado debe conocer, desde el primer día en su puesto, cuáles son las contingencias al efecto.
- Una vez agotados todos los recursos disciplinarios y compensatorios, la otra alternativa disponible es despedir al empleado y tener toda la evidencia a la mano.
- Todo acto disciplinario deberá ocurrir en privado.
Cuando proceda reconocer a un empleado por su buen desempeño debe hacerse en público y privado.
Fuente: El Supervisor Efectivo en Puerto Rico Capítulo VIII La Disciplina
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