miércoles, 5 de diciembre de 2012

Disciplina

Es el cumplimiento de las reglas de conducta y desempeño que promulga la organización. Los actos de indisciplina violentan el buen funcionamiento de la empresa. 


  • El patrono para implantar  disciplina en  su empresa debe establecer en un Manual del Empleado que incorpore claramente los reglamentos de la empresa. 
  • Las reglas deben quedar sobre la mesa y los aplicables de ley forman parte del elenco funcional.  
  • El empleado debe recibir una copia del Manual del Empleado al momento de ser empleado y éste debe firmar una hoja en la cual reconoce que lo ha recibido. 
  • La gerencia, por medio del Departamento de Recursos Humanos deberá conservar  una copia de dicho manual.

 Los actos de indisciplina se deben atender indivualmente.


  • Los actos de indisciplina se deben evidenciar por escrito, en forma clara pero no ofensiva. 
  • Dicho documento deberá entregarse personalmente al empelado para examinarlo conjuntamente y en privado. 
  • El empleado deberá firmar dicho documento.
  •  Si rehusa firmarlo, el supervisor deberá llamar a un testigo para que corrobore por escrito la entrega del documento. 
  • Cada empresa debe implantar normas sobre la seriedad y el número de actos de indisciplina que serán tolerables. 
  • El empleado debe conocer, desde el primer día en su puesto, cuáles son las contingencias al efecto. 
  • Una vez agotados todos los recursos disciplinarios y compensatorios, la otra alternativa disponible es despedir al empleado y tener toda la evidencia a la mano. 
  • Todo acto disciplinario deberá ocurrir en privado.
Cuando proceda reconocer a un empleado por su buen desempeño debe hacerse en público y privado. 


Fuente: El Supervisor Efectivo en Puerto Rico Capítulo VIII La Disciplina 

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